Internet y Derecho. Fundamentos de una Relación

REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 35, June 2001

Omar Ricardo Barrios Osorio - estudiante de la carrera de Abogacía y Notariado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, pendiente de examen público.
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Internet y Derecho. Fundamentos de una Relación

Cuando inicie en enero del año 2000 la lectura de los artículos publicados en la Revista Electrónica de Derecho Informático –REDI- quede fascinado, en ese momento descubrí cual sería el área del Derecho en que me especializaría, pero no ha sido fácil. En Guatemala pocos muy pocos Abogados y Notarios estudian el fenómeno informático, y la mayoría guarda con celo esos conocimientos; en la Facultad de Derecho de mi Universidad no existe en el programa académico ningún estudio en este campo, es más, en una reciente conferencia para juristas, sobre derechos de autor y software promovida por BSA, quede sorprendido del desconocimiento en esta materia de los asistentes. Pero no todo es negativo, lo que me motiva es que se vislumbra un cambio. El año pasado se incorporó en el Programa de Cursos Libres la cátedra denominada Derecho e Informática la cual, por invitación del Lic. Rafael Godínez director del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales –IIJS-, tuve el gusto de impartir. A los estudiantes del curso, entre los que se encontraban catedráticos de la Facultad, les recomendé la lectura de los artículos que se publican en REDI, y las consultas y dudas abundaban en cada clase. Cuando tocamos el tema de la relación existente entre las Tecnologías de la Información, Internet y Derecho, el interés fue mayor, lo que me motivo a preparar este material, el cual es un aporte con el objetivo de ser sencillo y fácil de comprender y lleve paso a paso a todos aquellos que por primera vez estudian este tema. Agradecería sus comentarios y correcciones para poderlo ampliar y mejorar.

1.TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

Introducción

En la historia del Derecho encontramos diversos tipos de influencias que han marcado un cambio trascendental en el campo de aplicación y en el desarrollo de esta ciencia, pero han sido tres inventos que han marcado un cambio influyente, la escritura, la imprenta y la computadora. Esta idea es aun más amplia si agregamos lo indicado por Caceres y Sanchez al citar a Lozano y señalar que la historia del derecho “está condicionada por las tres revoluciones, de la escritura, de la imprenta y de la ordenación electrónica de datos”. (i) Cada una de ellas en su momento marco un antes y un después en el Derecho, y cada uno de ellos al principio tuvo sus impulsores y sus detractores. Hoy en día vemos a la escritura y la imprenta como algo común, pero es fácil imaginar los problemas que tuvo que solventar la imprenta de Johannes Gutenberg (S. XV) en su época, los cuales se quedan atrás con los que tiene que enfrentar la computadora.

Los problemas que la computadora esta teniendo con la ciencia del Derecho son innumerables pero tienen un origen común, desde mi punto de vista muy particular y es, que no es la computadora el fin sino el medio, se le ha olvidado a algunos de los estudiosos del Derecho porque del surgimiento de la computadora, como en su momento vieron los monjes escribanos a la imprenta.

La escritura en su momento permitió un desarrollo trascendental para el Derecho, al poder dejar plasmado el conocimiento y estudiarlo en un futuro para mejorarlo; ya no tenía que trasmitirse verbalmente de generación en generación, con la posible incorrecta interpretación del conocimiento, de la información.

La imprenta tenía como objetivo general reproducir con mayor velocidad, mas claridad y menos errores, los valiosos conocimientos que se incorporaban en los libros redactados a mano en aquella época; desde el punto de vista comercial “reducía los ...

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