España: Responsabilidad de los operadores en el proyecto ley de serv. de la sociedad de la información y de comercio...

REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 43, February 2002

Antonio Delgado Planás - Asesor Jurídico
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Summary:

Responsabilidad de los operadores en el proyecto ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico

1. Introducción

2. Régimen Positivo: se realiza una breve descripción de la regulación

positiva para poder analizar cuál es la diligencia que el Proyecto exige a

los Intermediarios. Este análisis se divide en dos:

a) Definición de Prestador de Servicios de Intermediación

b) Régimen de responsabilidad:

REGIMEN GENERAL: RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DEL ORDENAMIENTO

JURÍDICO GENERAL (art.12)

REGIMEN ESPECIAL: PRESTADORES DE SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN

(art. 13 a 169

Proveedores de acceso y transmisión

Prestadores que realizan copia temporal de los datos

Proveedores de Alojamiento

Proveedores de motores de búsqueda o enlaces

3. Conducta diligente de un prestador de servicios de intermediación: en

este apartado se intenta definir cuál entiende la ley que es el

comportamiento que debe tener un prestador de servicios ante un ilicito

cometido por uno de sus clientes.

Problemas con la intervención de los Intermediarios: A partir de lo

establecido en el apartado anterior, se llega a la conclusión que la actitud

pasiva del Intermediario con frente a los contenidos no presenta problemas,

pero que la actitud intervencionista que se le exige con ocasión de los

servicios de alojamiento, búsqueda y enlaces, puede conllevar problemas.

Casos de Conocimiento efectivo: Para los servicios citados, uno de

los supuestos en los que el Operador debe retirar o impedir el acceso a los

contenidos en los casos que tenga conocimiento efectivo. Se analiza por

tanto, la casuística de los mismos, llegando a la conclusión de que la

indefinición del concepto crea un marco de inseguridad jurídica.

Ejemplos: se ponen dos ejemplos reales para poder estudiar la

problemática real y demostrar que no estamos ante un caso de laboratorio.

4. Conclusiones: se llega a la conclusión de que el actual régimen va a

introducir inseguridad e incluso puede llevar a los operadores a romper el

marco del Estado de Derecho, de manera innecesaria. Se propone actuación

alternativa.

Citations:

Extract:

España: Responsabilidad de los operadores en el proyecto ley de serv. de la sociedad de la información y de comercio...

Siempre que se habla del Proyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (en adelante, LSSI), nos vienen a la cabeza palabras como Spam o intervención pública. Sin embargo, parece que los prestadores de servicios de intermediación, lo que comúnmente denominaríamos Operadores, son los grandes olvidados de quienes proponen modificaciones en el redactado del proyecto, pese a tener casi una sección entera dedicada a ellos.

El principal problema jurídico de estos agentes de la Sociedad de la Información radica en el determinar el régimen de responsabilidad que regula sus comportamientos, ya sean activos o pasivos, puesto que pueden verse envueltos, como intermediarios, en cualquier tipo de ilícitos. Actualmente se hayan sumidos en un marco de inseguridad jurídica preocupante, que la LSSI intenta mitigar estableciendo el régimen de responsabilidad aplicable a este tipo de sujetos, mediante la definición de comportamientos diligentes que los exoneran de responsabilidad.

El objeto de este artículo es el análisis d...

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