Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Boletín Oficial del Estado, October 04, 1990 (Nbr. 238)

I - Disposiciones Generales - Jefatura del Estado
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REPEALS

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Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del sistema educativo.

PARTIALLY REPEALS
Ley 29/1981, de 24 de Junio, de Clasificacion de las Escuelas oficiales de Idiomas y ampliacion de las Plantillas de su profesorado.
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública.
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Funcion publica.
Ley 37/1988, de 28 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1989.

CHANGES
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de Julio, reguladora del derecho a la Educación.
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

CHANGED by
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
LEY 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
LEY 22/1993, de 29 de Diciembre, de Medidas fiscales, de Reforma del Regimen juridico de la Funcion publica y de la Proteccion por desempleo.
LEY 13/1996, de 30 de Diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del Orden social.
LEY ORGÁNICA 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación.
Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes
LEY 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

AFFECTED by
Case of Tribunal Constitucional - Pleno nº 252/2005, of October 11, 2005

REPEALED by
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Citations:

Constitución Española de 1978. - Artículos 27 , 149

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública. de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública.

Ley Organica 5/1980, de 19 de Junio, por la que se regula el Estatuto de Centros escolares. de 19 de Junio, por la que se regula el Estatuto de Centros escolares.

Ley 29/1981, de 24 de Junio, de Clasificacion de las Escuelas oficiales de Idiomas y ampliacion de las Plantillas de su profesorado. de 24 de Junio, de Clasificacion de las Escuelas oficiales de Idiomas y ampliacion de las Plantillas de su profesorado.

Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma universitaria. de 25 de agosto, de Reforma universitaria. - Artículo 30

Ley Organica 3/1985, de 29 de Mayo, sobre Modificacion de la Ley organica 1/1982, de 5 de Mayo, sobre Proteccion del derecho al honor, a la Intimidad personal y Familiar y a la Propia imagen. de 29 de Mayo, sobre Modificacion de la Ley organica 1/1982, de 5 de Mayo, sobre Proteccion del derecho al honor, a la Intimidad personal y Familiar y a la Propia imagen.

Ley 33/1987, de 23 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1988. de 23 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1988.

Ley 12/1987, de 2 de Julio, sobre Establecimiento de la Gratuidad de los Estudios de Bachillerato, formacion profesional y artes aplicadas y Oficios artisticos en los Centros publicos y la autonomia de Gestion economica de los Centros docentes publicos no universitarios. de 2 de Julio, sobre Establecimiento de la Gratuidad de los Estudios de Bachillerato, formacion profesional y artes aplicadas y Oficios artisticos en los Centros publicos y la autonomia de Gestion economica de los Centros docentes publicos no universitarios.

Ley 23/1988, de 28 de Julio, de Modificacion de la Ley de Medidas para la Reforma de la Funcion publica. de 28 de Julio, de Modificacion de la Ley de Medidas para la Reforma de la Funcion publica.

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. - Artículos 11 , 23 , 24 , 44

Ley 19/1979, de 3 de octubre, por la que se regula el conocimiento del ordenamiento constitucional en bachillerato y en Formación Profesional de primer grado. de 3 de octubre, por la que se regula el conocimiento del ordenamiento constitucional en bachillerato y en Formación Profesional de primer grado.

Ley 10/1988, de 29 de junio, para la confluencia de las ikastolas y la Escuela pública. de 29 de junio, para la confluencia de las ikastolas y la Escuela pública.

Extract:

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

PREÁMBULO

Los sistemas educativos desempeñan funciones esenciales para la vida de los individuos y de las sociedades. Las posibilidades de desarrollo armónico de unos y de otras se asientan en la educación que aquéllos proporcionan.

El objetivo primero y fundamental de la educación es el de proporcionar a los niños y a las niñas, a los jóvenes de uno y otro sexo. una formación plena que les permita conformar su propia y esencial identidad, así como construir una concepción de la realidad que integre a la vez el conocimiento y la valoración ética y moral de la misma. Tal formación plena ha de ir dirigida al desarrollo de su capacidad para ejercer, de manera crítica y en una sociedad axiológicamente plural, la libertad, la tolerancia y la solidaridad.

En la educación se transmiten y ejercitan los valores que hacen posible la vida en sociedad, singularmente el respeto a todos los derechos y libertades fundamentales, se adquieren los hábitos de convivencia democrática y de respeto mutuo, se prepara para la participación responsable en las distintas actividades e instancias sociales. La madurez de las sociedades se deriva, en muy buena medida, de su capacidad para integrar, a partir de la educación y con el concurso de la misma, las dimensiones individual y comunitaria.

De la formación e instrucción que los sistemas educativos son capaces de proporcionar, de la transmisión de conocimientos y saberes que aseguran, de la cualificación de recursos humanos que alcanzan, depende la mejor adecuación de la respuesta a las crecientes y cambiantes necesidades colectivas.

La educación permite. en fin, avanzar en la lucha contra la discriminación y la desigualdad, sean éstas por razón de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión, tengan un origen familiar o social, se arrastren tradicionalmente o aparezcan continuamente con la dinámica de la sociedad.

Por todo ello, a lo largo de la Historia, las distintas sociedades se han preocupado por su actividad educativa, sabedoras de que en ella estaban prefigurando su futuro, lo que en no pocas ocasiones ha desembocado en sistemas de privilegio, cerrados, elitistas y propagadores de ortodoxias excluyentes. Sin embargo, toda transformación, grande o pequeña, comprometida con el progreso social ha venido acompañada, cuando no precedida, de una revitalización e impulso de la educación, de una esperanza confiada en sus posibilidades transformadores. Su configuración como un derecho social básico, su extensión a todos los ciudadanos, es una de las conquistas de más hondo calado de las sociedades modernas

La nuestra es una sociedad en acelerado proceso de modernización que camina, cada vez más nítidamente, hacia un horizonte común para Europa. Cuando se están incorporando a las escuelas los ciudadanos del próximo siglo, los países con los que tratamos de construir el proyecto europeo, que ofrecerá una nueva dimensión a nuestra juventud de hoy, conceden una gran relevancia a la educación y a la formación tratando de adaptarlas a la apertura del espacio individual, político, cultural y productivo, a la mayor rapidez y complejidad de los cambios de todo tipo, propiciando su prestación más prolongada a mayor número de ciudadanos, promoviendo las mejoras necesarias para garantizar su calidad. Poniendo en marcha, por tanto, procesos de reforma de sus respectivos sistemas.

Esta misma necesidad de adaptación se ha dejado sentir con fuerza en nuestro país, y la sociedad española en su conjunto, y de manera más perfilada la comunidad educativa, se ha pronunciado favorablemente por una reforma profunda de nuestro sistema educativo.

El diseño del actualmente vigente procede de 1970. En estas dos décadas, vividas ya en su mayor parte en democracia, la educación española ha conocido un notable impulso, ha dejado definitivamente atrás las carencias lacerantes del pasado. Se ha alcanzado la escolarización total en la educación general básica, creándose para ello un gran número de puestos escolares y mejorando las condiciones de otros ya existentes, se ha incrementado notablemente la escolarización en todos los niveles no obligatorios, se han producido importantes avances en la igualdad de oportunidades, tanto mediante el aumento de becas y ayudas como creando centros y puestos escolares en zonas anteriormente carentes de ellos, se han producido diversas adaptaciones de los contenidos y de las materias. Las condiciones profesionales en que ejerce su función el profesorado difieren, cualitativamente, de los entonces imperantes.

La aplicación de los mecanismos políticos y jurídicos propios de la transición permitió superar los residuos autoritarios subsistentes en la norma aprobada en 1970 y abrir el sistema educativo a la nueva dinámica generada en diversos campos, muy singularmente a la derivada de la nueva estructura autonómica del Estado, que recoge en su diversidad la existencia de Comunidades Autónomas con características específicas y, en algunos casos, c...

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