BOCM. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, August 07, 2003 (Nbr. 186)
A - Disposiciones Generales
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/186296
Id. vLex: VLEX-186296
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
LEY 18/1999, de 29 de abril, reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. de 29 de abril, reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. - Artículos 2 , 5 , 12 , 14 , 15 , 16
LEY 6/1995, de 28 de Marzo, de Constitucion de la Entidad local menor de Santa lucia, en el Municipio de Ocon. de 28 de Marzo, de Constitucion de la Entidad local menor de Santa lucia, en el Municipio de Ocon.
LEY 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
DECRETO 179/2003, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Locales de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid
DECRETO 179/2003, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Locales de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
PREÁMBULO La Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, creó las Coordinadoras de Atención a la Infancia y la Adolescencia como órganos de coordinación de las diferentes redes de Servicios Públicos que se ocupan de la calidad de vida de los menores de edad, remitiéndose su regulación a un posterior desarrollo normativo. La Ley 18/1999, de 29 de abril, de normas reguladoras del Consejo de Atención a la Infancia y a la Adolescencia, regula dichos espacios de coordinación denominándolos Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia, como órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas y de participación de las entidades, asociaciones y organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan e inciden en la calidad de vida de los menores, articulando la participación social de los/as niños/as, contribuyendo así a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades. En la citada Ley 18/1999, de 29 de abril, se definen los distintos ámbitos territoriales de actuación de los Consejos, constituyéndose el Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, los Consejos de Área y los Consejos Locales. Asimismo se regulan la naturaleza jurídica y las funciones de los distintos Consejos. En el artículo 4 de la citada Ley y en la Disposición Final Primera se especifica que las Normas Generales de Organización y Funcionamiento de dichos Consejos se regularán reglamentariamente. Por otra parte, la misma Ley establece en sus artículos 6 y 13, en su redacción dada por la Disposición Adicional Primera de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, que las sedes de los Consejos Locales se regularán por Decreto del Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales. Asimismo, dicha Disposición prevé idéntico procedimiento para la regulación de la composición del Consejo Lo...
If you are already a vLex customer, Access Here