DECRETO 179/2003, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Locales de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid

BOCM. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, August 07, 2003 (Nbr. 186)

A - Disposiciones Generales
Permanent Link: http://vlex.com/vid/186296
Id. vLex: VLEX-186296

Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)

Document language

Search in this disposition

Go to article

Citations:

Extract:

DECRETO 179/2003, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Locales de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid

DECRETO 179/2003, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Locales de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.

PREÁMBULO

La Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, creó las Coordinadoras de Atención a la Infancia y la Adolescencia como órganos de coordinación de las diferentes redes de Servicios Públicos que se ocupan de la calidad de vida de los menores de edad, remitiéndose su regulación a un posterior desarrollo normativo.

La Ley 18/1999, de 29 de abril, de normas reguladoras del Consejo de Atención a la Infancia y a la Adolescencia, regula dichos espacios de coordinación denominándolos Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia, como órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas y de participación de las entidades, asociaciones y organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan e inciden en la calidad de vida de los menores, articulando la participación social de los/as niños/as, contribuyendo así a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.

En la citada Ley 18/1999, de 29 de abril, se definen los distintos ámbitos territoriales de actuación de los Consejos, constituyéndose el Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, los Consejos de Área y los Consejos Locales. Asimismo se regulan la naturaleza jurídica y las funciones de los distintos Consejos. En el artículo 4 de la citada Ley y en la Disposición Final Primera se especifica que las Normas Generales de Organización y Funcionamiento de dichos Consejos se regularán reglamentariamente.

Por otra parte, la misma Ley establece en sus artículos 6 y 13, en su redacción dada por la Disposición Adicional Primera de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, que las sedes de los Consejos Locales se regularán por Decreto del Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales. Asimismo, dicha Disposición prevé idéntico procedimiento para la regulación de la composición del Consejo Lo...

see the complete text now
If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:


Other documents:
ORDRE de 27 d'agost de 1981, nomenant el senyor Pere Caralps i Riera Subdirector General d'Urbanisme de ... | Resolución de 21 de enero de 2005, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se da publicidad a la addenda de modificación al C... | Case of Tribunal Superior de Justicia - Sevilla, Andalucía - Sala de lo Contencioso-Administrat... | RESOLUCION de 11 de noviembre de 2003, de la Dirección Provincial de Cádiz del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se hacen públicas subvenc... | RESOLUCIÓ d'11 d'abril de 2001, de l'Agència Estatal d'Administració Tributària, sob... | ANUNCIO de 16 de mayo de 2008, de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por el que se notifica a don José Ríos Cruz la resolución de contrato de arrendamient... | State of Ohio vs. Thomas E. Beaver (Ohio 2001) | Case of Tribunal Superior de Justicia - Barcelona, Cataluña - Sala de lo Social, of February 01, 2002